Cuando una persona fallece, uno de los primeros trámites que deben realizar los familiares o herederos es solicitar el certificado de últimas voluntades. Este documento es fundamental para saber si el fallecido otorgó testamento y poder iniciar correctamente los trámites de herencia.
Una de las preguntas más frecuentes es: ¿cuánto tarda el certificado de últimas voluntades? A continuación, te explicamos los plazos, cómo solicitarlo y qué pasos seguir una vez obtenido.
¿Qué es el certificado de últimas voluntades?
El certificado de actos de última voluntad es un documento oficial emitido por el Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes que informa sobre si una persona fallecida otorgó testamento y ante qué notario lo hizo.
Este certificado no contiene el testamento, sino que indica:
* Si existe o no testamento.
* La fecha en la que fue otorgado.
* El notario ante el que se formalizó.
Se trata de un documento imprescindible para tramitar una herencia en España.
¿Cuánto tarda el certificado de últimas voluntades?
Para solicitar el certificado de últimas voluntades es obligatorio esperar **15 días hábiles desde la fecha del fallecimiento**.
Una vez presentada la solicitud, los plazos habituales suelen ser:
* Entre 3 y 10 días hábiles cuando la solicitud se realiza por vía telemática.
* *Entre 10 y 20 días hábiles cuando se tramita presencialmente o por correo postal.
Estos plazos pueden variar ligeramente dependiendo de la carga administrativa de los organismos competentes.
¿Por qué es necesario esperar 15 días hábiles?
La legislación española establece este periodo para que la información del fallecimiento quede correctamente registrada en los organismos oficiales.
Por este motivo, las solicitudes presentadas antes de que transcurran los 15 días hábiles desde la defunción no serán admitidas.
Cómo solicitar el certificado de últimas voluntades
Existen varias formas de obtener este documento:
Solicitud online
Es la alternativa más rápida y cómoda. Puede realizarse a través de la sede electrónica de la Administración utilizando certificado digital, DNI electrónico o sistema Cl@ve.
Solicitud presencial
También es posible acudir a las Gerencias Territoriales del Ministerio de Justicia o a los registros habilitados para presentar la solicitud.
Solicitud por correo postal
Otra opción es enviar la documentación requerida junto con el formulario oficial y el justificante de pago de la tasa correspondiente.
Documentación necesaria
Para solicitar el certificado de últimas voluntades generalmente se requiere:
* Certificado literal de defunción.
* Modelo oficial de solicitud cumplimentado.
* Justificante del pago de la tasa administrativa vigente.
* Documento identificativo del solicitante cuando corresponda.
¿Qué hacer después de recibir el certificado?
Una vez obtenido el certificado, se podrá conocer si existe o no testamento.
Si existe testamento
Será necesario solicitar una copia autorizada en la notaría indicada en el certificado para continuar con los trámites de aceptación y reparto de la herencia.
Si no existe testamento
Habrá que iniciar un procedimiento de declaración de herederos para determinar quiénes tienen derecho a heredar conforme a la legislación vigente.
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Preguntas frecuentes sobre el certificado de últimas voluntades
¿Puedo solicitar el certificado antes de los 15 días hábiles?
No. La normativa exige esperar al menos 15 días hábiles desde la fecha del fallecimiento.
¿Cuánto cuesta solicitar el certificado de últimas voluntades?
La solicitud está sujeta al pago de una tasa administrativa establecida por la Administración y actualizada periódicamente.
¿Quién puede solicitar el certificado?
Puede solicitarlo cualquier persona interesada una vez haya transcurrido el plazo legal establecido.
¿Es obligatorio para tramitar una herencia?
Sí. El certificado de últimas voluntades es uno de los documentos básicos para determinar si existe testamento y poder iniciar correctamente los trámites hereditarios.
Conclusión
Si te preguntas cuánto tarda el certificado de últimas voluntades, debes tener en cuenta dos plazos: los 15 días hábiles obligatorios desde el fallecimiento para poder solicitarlo y el tiempo de tramitación posterior, que suele oscilar entre 3 y 20 días hábiles, dependiendo del método utilizado.
Contar con este documento es fundamental para conocer si existe testamento y gestionar adecuadamente la herencia. Ante cualquier duda relacionada con los trámites posteriores al fallecimiento, en Funeraria San Bernabé Marbella ponemos nuestra experiencia a disposición de las familias para ofrecerles el apoyo y la orientación que necesitan.




